La Mesa Negociadora del Convenio Colectivo de Talleres de Reparación del Automóvil,
compuesta por ASPA, MCA-UIGT y la Federación de Industría de CC.OO, llegaron en la tarde de ayer a un pre-acuerdo en los siguientes términos:
1- VIGENCIA: 2015-2016
2- INCREMENTOS SALARIALES:
- 2015: 1 por 100
- 2016: 1,5 por 100
3- PAGOS DE ATRASOS:
Los atrasos generados desde el 1 de enero de 2015, se abonarán en un máximo de 2 pagas (el 50% del importe correspondiente a los atrasos, en una sola paga, abonada como máximo con la nómina del mes de diciembre de 2015 y el otro 50%, será abonado como máximo de una sola vez, con la nómina del mes de junio de 2016).
4- CLÁUSULA DE REVISION SALARIAL:
Para el año 2015 se pacta una Cláusula de Revisión que será de aplicación sobre la Tabla Salarial vigente a 31 de diciembre de 2014, y que consistirá en la diferencia entre el IPC real del año 2015 y el 1 por 100, y servirá por consiguiente como base de cálculo para el incremento salarial del año 2016.
Para el año 2016 se pacta una cláusula de revisión que será de aplicación sobre la tabla salarial vigente a 31 de diciembre de 2015 y que consistirá en la diferencia entre el IPC real a 31 de diciembre de 2016 y el incremento salarial del 1,5% pactado y servirá por consiguiente como base de cálculo para el incremento salarial del año 2017.
Si el IPC real a 31 de diciembre de 2016 fuera superior al incremento salarial del 1,5% pactado y hasta un tope del 2% de inflación, se abonarán atrasos en una única paga durante el primer trimestre del año 2017, afectando el pago de dichos atrasos únicamente a los meses del segundo semestre del año 2016 en que el IPC acumulado del año a ese mes, haya superado el incremento salarial del 1,5% pactado.
5-AMBITO TEMPORAL
Al término de la vigencia temporal del presente Convenio y en tanto no se sustituya por uno nuevo, quedará vigente el contenido normativo del mismo. Ambas partes se compromenten a iniciar la negociación de un nuevo Convenio Colectivo en el mes de enero de 2017.
6- COMISION DE TRABAJO
Las partes acuerdan la creación de una Comisión de trabajo para el estudio, desarrollo y adecuación de las posibles necesidades del sector. Los acuerdos, si los hubiere, a los que llegara dicha Comisión serán incorporados al texto del Convenio.