Actualmente los vehículos pueden estar dotados de sistemas de alimentación a gas
incluidos en la homologación de tipo del vehículo (en su matriculación) o proceder de adaptación mediante la tramitación de una reforma conforme al RD 866/2010.
Todos los vehículos alimentados por GLP/GNC, de acuerdo al Manual de Procedimiento de las Estaciones de ITV en vigor, elaborado por el Ministerio de Industria, deberán cumplir con la reglamentación aplicable:
- Reglamento CEPE/ONU 67 para GLP
- Reglamento CEPE/ONU 110 para GNC/GNL
- Reglamento CEPE/ONU 115 para vehículos adaptados mediante reforma para GLP o GNC
DURANTE LA INSPECCIÓN
Se deberá aportar un certificado de estanqueidad del circuito y del correcto funcionamiento de los componentes, emitidos como máximo un mes antes de la inspección técnica periódica.
Estos certificados serán emitidos por
- Un taller debidamente inscrito en el Registro Industrial en el caso de GLP
- Un instalador de gas de la categoría A o una empresa instaladora de gas en el caso del GNC. También podrán realizar esta certificación aquellos talleres expresamente autorizados por el fabricante del equipo instalado demonstrándolo mediante la aportación junto al certificado de la copia del documento de autorización.
En vehículos alimentados con GNC, además se comprobará que las botellas para su almacenamiento fueron objeto de inspección al menos cada 48 meses a partir de la fecha de matriculación del vehículo, de la puesta en servicio del sistema o de la fecha de fabricación de las botellas, por una entidad de inspección tipo A que incluya en el alcance de su acreditación la norma UNE 26525. (Se puede obtener en la página web de la Entidad Nacional de Acreditación, www.enac.es, las entidades acreditadas por la UNE 26525, Vehículos de carretera. Inspección de la instalación y verificación de las botellas a alta presión para el almacenamiento de gas natural utilizado como combustible en los Vehículos.
En su caso, se consideran motivos de inspección desfavorable:
- La inexistencia de placa reglamentaria
- No disponer o no encontrarse en vigor, el certificado de estanqueidad y de correcto funcionamiento de los componentes.
- No se encuentra en vigor el informe de inspección según norma UNE 26525, en el caso del GNC
Puede descargar el modelo de certificado aquí: Modelo Certificado